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Artículo 11 - Ley 15.688
La misión del Comandante en Jefe del Ejército será: A) Comandar el Ejército Nacional con la finalidad de cumplir sus misiones y tareas. B) Proponer y asesorar al Mando Superior sobre las medidas tendientes a mejorar la estructuración y empleo del Ejército Nacional. C) Proponer al Mando Superior de acuerdo a lo establecido en el literal A) del artículo 13 las decisiones de la Junta de Oficiales Generales. Artículo 12 - Ley 15.688 Dependerán directamente del Comandante en Jefe del Ejército. A) Las Divisiones de Ejército. B) Las Escuelas e Institutos. C) Las Unidades que integran la Reserva del Ejército. D) Los Servicios de Ejército. E) Los Órganos de Calificación. |